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La Suprema Corte limita derechos de autor a obras creadas por humanos

La Suprema Corte limita derechos de autor a obras creadas por humanos
  • Publishedagosto 29, 2025

Ciudad de México.– En una decisión que marca un precedente en la legislación mexicana sobre propiedad intelectual, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que únicamente las personas físicas pueden registrar obras bajo derechos de autor, excluyendo así a las creaciones generadas exclusivamente por inteligencia artificial (IA).

La resolución, derivada del Amparo Directo 6/2025, fue informada por el Instituto Nacional del Derecho de Autor (INDAUTOR) tras la negativa de registro a la obra digital “Avatar Virtual”, desarrollada mediante una plataforma de IA. Según la sentencia, el derecho de autor es un derecho humano “que recae exclusivamente sobre personas físicas, al estar intrínsecamente vinculado con la creatividad y la originalidad humanas”.

Este fallo se inscribe en el contexto internacional de debates sobre la protección legal de las obras generadas por IA. En países como Estados Unidos y la Unión Europea, organismos como la Oficina de Derechos de Autor estadounidense y la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea han adoptado posturas similares al subrayar que la titularidad de los derechos de autor requiere intervención y creatividad humanas.

La decisión de la SCJN sienta bases claras en México, aunque deja abierta la discusión sobre la eventual necesidad de adaptar el marco jurídico ante los desafíos que representa la inteligencia artificial para la propiedad intelectual.

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