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La Guardia Nacional retoma facultades para multar y supervisar en carreteras federales

La Guardia Nacional retoma facultades para multar y supervisar en carreteras federales
  • Publishedmayo 27, 2026

El 26 de mayo de 2026 entró en vigor un decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) que reforma el Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal, otorgando a la Guardia Nacional nuevas atribuciones para inspeccionar, sancionar y regular el tránsito en las vías federales del país.

Con esta actualización legal, la Guardia Nacional podrá realizar inspecciones a vehículos, dirigir el tránsito, verificar sistemas de frenado, emitir dictámenes técnicos y elaborar actas-convenio en hechos de tránsito. Además, tendrá la facultad de sancionar a los conductores que incumplan las disposiciones del reglamento.

El decreto también establece que la Guardia Nacional colaborará con la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) para verificar a conductores de vehículos destinados al servicio de autotransporte federal y transporte privado, reforzando así la prevención de accidentes carreteros.

En caso de que los automovilistas se nieguen a acatar las órdenes de los elementos de la Guardia Nacional, entreguen la documentación requerida o incurran en conductas como amenazas o agresiones, se aplicarán las sanciones correspondientes.

El documento oficial detalla que la Guardia Nacional podrá emitir amonestaciones verbales para orientar a los conductores, pasajeros o peatones sobre el cumplimiento del reglamento. Asimismo, podrá custodiar a las personas y vehículos involucrados en hechos de tránsito para facilitar la investigación de las autoridades competentes, y expedir constancias relacionadas con infracciones o incidentes.

Las multas establecidas en el decreto, calculadas con base en la Unidad de Medida y Actualización (UMA) 2026, son las siguientes:

– Desobediencia a la autoridad o dispositivos de control: multa de 40 a 50 veces la UMA diaria, equivalente a entre 4,692 y 5,865 pesos.
– Estado físico y mecánico del vehículo: multa de 20 a 30 veces la UMA diaria, equivalente a entre 2,346 y 3,519 pesos.

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